IVA RIF
El cálculo del IVA en este régimen se calcula de forma bimestral, incluyendo los estímulos fiscales del artículo 23 de la Ley de Ingresos.
Última actualización
El cálculo del IVA en este régimen se calcula de forma bimestral, incluyendo los estímulos fiscales del artículo 23 de la Ley de Ingresos.
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En este vídeo te mostramos cómo calcular el IVA para RIF:
Configurar el estímulo fiscal de IVA si tienes operaciones con público en general. Esto se selecciona en Menú>impuestos>configuración, dando clic en el botón "Guardar"
Al emitir facturas público en general debes hacerlo con el RFC genérico XAXX010101000 y XEXX010101000. Si las emites en contaDIGITAL debes seleccionar la casilla "Genérico" o "Genérico extranjero". El sistema sólo aplicará el estímulo a las facturas que contengan RFCs que comiencen XAXX y XEXX.
Asigna fecha y forma de pago en el a todos tus comprobantes y luego haz sus pólizas de flujo.
Si ademas de tener ingresos de RIF, tienes ingresos por arrendamiento o plataformas tecnológicas, antes de realizar tus pólizas deberás asignar el régimen en el para cada factura. Esto hará que el sistema separe los gastos e ingresos correspondientes a cada régimen.