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  1. Impuestos
  2. IVA

IVA RIF

El cálculo del IVA en este régimen se calcula de forma bimestral, incluyendo los estímulos fiscales del artículo 23 de la Ley de Ingresos.

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Última actualización hace 4 años

En este vídeo te mostramos cómo calcular el IVA para RIF:

¿Qué debo hacer antes de realizar el cálculo del IVA RIF?

Configurar el estímulo fiscal de IVA si tienes operaciones con público en general. Esto se selecciona en Menú>impuestos>configuración, dando clic en el botón "Guardar"

Al emitir facturas público en general debes hacerlo con el RFC genérico XAXX010101000 y XEXX010101000. Si las emites en contaDIGITAL debes seleccionar la casilla "Genérico" o "Genérico extranjero". El sistema sólo aplicará el estímulo a las facturas que contengan RFCs que comiencen XAXX y XEXX.

Revisa la información declarada para DIOT.

Si tienes facturas con IVA al 0% o Exentos, así como CFDIS con IEPS, corrobora que estén manifestadas las bases gravables correctamente.

Asigna la parte no deducible del gasto para que el sistema calcule el IVA no acreditable.

Ingresa a Menú>impuestos>IVA RIF, selecciona año, bimestre y da clic en el botón "calcular".

Sugerimos que dejes tildada la opción "Cálculo con base en DIOT". Esto hará que los cambios efectuados para DIOT, como el cambio de periodo de acreditamiento, se vean reflejados en tu cálculo.

Asigna fecha y forma de pago en el a todos tus comprobantes y luego haz sus pólizas de flujo.

Si ademas de tener ingresos de RIF, tienes ingresos por arrendamiento o plataformas tecnológicas, antes de realizar tus pólizas deberás asignar el régimen en el para cada factura. Esto hará que el sistema separe los gastos e ingresos correspondientes a cada régimen.

🔵
Administrador de CFDIS
Al iniciar el vídeo se explica como configurar y el minuto 9:25 podrás encontrar un ejemplo de calculo de IVA
Administrador de CFDIs