ISR RIF

Este régimen es para las personas físicas con actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos anuales.

¿Qué debo configurar para realizar mi cálculo de impuestos RIF?

  1. Debes ingresar a menú>impuestos>configuración y seleccionar el régimen: Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), si tienes un régimen adicional (Arrendamiento o Plataformas tecnológicas) de igual forma debes seleccionarlo en este paso.

  1. Selecciona el método de cálculo: Pago definitivo o Pago provisional (En caso de seleccionar pago provisional, deberás configurar en el paso 3 la "Tasa de ISR y coeficiente de utilidad",

  2. Selecciona si realizas operaciones con Público en general, en caso de realizarlas se debe seleccionar el estímulo de IVA y la reducción de ISR e IVA que corresponda,

  3. Selecciona el año en el que te encuentras desde que iniciaste a tributar en este régimen.

  4. Selecciona si tienes ingresos gravados que no factures,

  5. Configura las opciones especiales para el cálculo de IVA como lo son la cuenta para intereses bancarios cobrados y la de IVA retenido por pagar (retenedor),

  6. Configura que efecto tendrán tus ingresos sin IVA (Exento o tasa 0%)

  7. Dar clic en el botón azul "Guardar cambios"

No debes olvidar dar clic en el botón "Guardar" al final del apartado para guardar la configuración realizada, de lo contrario al calcular tu ISR no se realizará correctamente.

¿Cómo calculo el ISR RIF ?

Para realizar el cálculo de ISR RIF requieres ingresar a Menú>Impuestos>ISR RIF. En la pantalla que se abrirá debes seleccionar el año y el bimestre a calcular y dar clic en el botón "Calcular ISR". Una vez realizado este proceso, únicamente requerirás verificar que los importes sean los correctos , dar clic en guardar y descargar tu reporte.

Para saber paso a paso como configurar y realizar el cálculo de ISR RIF ve nuestro siguiente vídeo:

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